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RESOLUCIÓN Nº 05 – 026 PEDIDO DE INFORME SOBRE NUEVAS CONSTRUCCIONES EN PLAZA 25 DE MAYO.-

 VISTO:

La necesidad imperativa de garantizar la transparencia en la administración de los recursos públicos municipales, con especial énfasis en el patrimonio inmobiliario del Estado Municipal; y

Que, en nuestro carácter de miembros del Honorable Concejo Deliberante (HCD) y conforme a las atribuciones conferidas por el artículo 30, inciso 14 de la Ley Orgánica Municipal N° 8102, es facultad de este Cuerpo solicitar informes al Departamento Ejecutivo Municipal para el correcto desempeño de su mandato legislativo y de control; y

CONSIDERANDO:

Que la Plaza 25 de Mayo constituye un inmueble de valor histórico y patrimonial para la localidad, cuya infraestructura y fisonomía determinan un impacto directo en el perfil turístico y en la calidad de vida de los habitantes.

Que la prioridad de uso de dicho espacio público debe ser el esparcimiento familiar y la preservación de la belleza natural, en armonía con el entorno serrano y el equilibrio ambiental.

Que resulta indispensable contar con información fidedigna respecto a las modificaciones, innovaciones y posibles cambios en el uso del suelo de los espacios que integran la mencionada plaza.

Que el libre acceso a la información pública es un pilar fundamental para ejercer el control y seguimiento de la gestión gubernamental por parte de este cuerpo deliberativo.

POR ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD DE LA CUMBRE EN USO DE SUS FACULTADES SANCIONA CON FUERZA DE:

RESOLUCIÓN Nº  05 / 2026.-

Art. 1º) SOLICITAR al Departamento Ejecutivo Municipal informe detalladamente la naturaleza de las nuevas construcciones iniciadas en la Plaza 25 de Mayo, especificando la finalidad técnica y social de las mismas.

Art. 2º) INFORMAR el presupuesto total estimado para dicha obra y detallar la partida presupuestaria de la cual se detraerán los fondos para su financiamiento.

Art. 3º) DETALLAR la nómina de personas físicas o jurídicas responsables de la ejecución de la obra, indicando asimismo el profesional a cargo de la dirección técnica.

Art. 4º) COMUNICAR si se han efectuado los correspondientes estudios de impacto ambiental y paisajístico, adjuntando la documentación respaldatoria suscripta por profesional calificado en la materia.

Art. 5º) INFORMAR si se han realizado consultas previas con los vecinos o instituciones intermedias (centro comercial, centros vecinales, etc.). En caso afirmativo, especificar el mecanismo utilizado y los resultados obtenidos en dicho sondeo.

Art. 6º) ESTABLECER que el presente informe deberá ser remitido por escrito, con firma de la autoridad competente del Departamento Ejecutivo Municipal, en un plazo no mayor a 30 (treinta) días hábiles.

Art. 7º) COMUNÍQUESE, publíquese, dese copia al Registro Municipal, a las  áreas correspondientes y ARCHÍVESE.-

DADO Y APROBADO EN EL RECINTO DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CUMBRE A LOS VEINTITRÉS DÍAS DEL MES DE JULIO DE DOS MIL VEINTISÉIS.