VISTO:
La Ordenanza Normativa vigente;
Ley 8102;
La necesidad de sumar un camión con caja volcadora a la flota de vehículos municipales a los fines de la prestación eficiente de los servicios públicos;
Y CONSIDERANDO:
Que es imprescindible sumar vehículos a la flota automotor municipal a los fines de la prestación eficiente de los servicios públicos municipales.
Que, sin dudas, la adquisición de dicha unidad – un camión con caja volcadora – permitirá entre otros, proyectar el arreglo de las arterias de nuestra localidad, brindando una adecuada accesibilidad a los vecinos.
Que en consecuencia, la selección de la unidad no queda supeditada a las condiciones técnicas de la unidad sino a la conjugación de condiciones técnicas, tiempos de entrega y fundamentalmente, precio.
Que ante la inminencia del envío de los fondos por parte del Gobierno Provincial, y las características del camión a adquirir, resulta imperioso que este HCD autorice, la compra directa del vehículo en cuestión a fin de que se pueda garantizar los objetivos pretendidos y sobre todo, mantener el precio del vehículo evitando el impacto inflacionario.
POR TODO ELLO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD DE LA CUMBRE SANCIONA CON FUERZA DE:
ORDENANZA Nº 08/2022
Art. 1º: AUTORÍZACE la excepción del procedimiento de acuerdo a lo establecido en La Normativa Vigente para realizar la compra directa por el monto de $18.250.936 (pesos dieciocho millones doscientos cincuenta mil novecientos treinta y seis) para la adquisición de un vehículo CHASIS CAMION MARCA IVECO MODELO 170E28 EQUIPADO CON CAJA VOLCADORA TRASERA Mod. ECO-CVOS 9 Marca ECONOVO DE 9 mts. de capacidad, todo en razón de lo expresado en los considerandos.
Art.2º: AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo a suscribir la documentación pertinente a los fines de la instrumentación de la adquisición referida.-
Art. 3º: COMUNÍQUESE, Publíquese, dese copia al Registro Municipal, a las áreas correspondientes, a los interesados y ARCHÍVESE.-
DADO EN SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD DE LA CUMBRE A LOS VEINTE DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS.-