VISTO:
EL tratamiento de las modificaciones referidas al Código de Urbanización, Uso y Ocupación de suelo y Edificación.
Y CONSIDERANDO:
Que al día de la fecha se continúa recibiendo propuestas de los vecinos y Estudios técnicos, los cuales deben ser evaluados.
Que es voluntad de este Cuerpo seguir analizando y revisando cada una de las mismas.
POR TODO ELLO EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CUMBRE SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A Nº 40/010
Art. 1º) PRORROGASE por diez (10) días corridos, el plazo estipulado en la Ordenanza Nº 29/010, hasta el día 21/12/2010.
Art. 2º) COMUNÍQUESE, Publíquese, dese copia al Registro Municipal, a la Secretaría de Obras y Servicios Públicos Municipal y archívese.
DADO EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CUMBRE A LOS ONCE DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIEZ.