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DECLARACIÓN Nº 01 – 026 SOBRE ACOMPAÑAR Y APOYAR EL RECLAMO DE COMERCIANTES Y VECINOS DE LA LOCALIDAD RESPECTO A LOS CORTES DE SUMINISTRO ELÉCTRICO EFECTUADOS POR EPEC

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VISTO:

La presentación efectuada por comerciantes y vecinos de la localidad de La Cumbre, mediante la cual manifiestan su preocupación por los cortes de suministro eléctrico realizados por la Empresa Provincial de Energía de Córdoba (EPEC), vinculados a la denominada “falta de integración de depósito de garantía”;

Y CONSIDERANDO:

Que dichos cortes afectan de manera directa la actividad comercial, generando perjuicios económicos, pérdida de mercadería, interrupción de servicios y riesgo para la continuidad laboral de numerosos vecinos de la localidad;

Que el acceso regular y continuo al servicio eléctrico constituye un elemento esencial para el normal desenvolvimiento de la vida económica y social de la comunidad;

Que los vecinos y comerciantes han expresado su preocupación respecto de la modalidad de notificación y ejecución de los cortes, solicitando la intervención de las autoridades municipales y provinciales competentes;

Que corresponde al Estado Municipal acompañar y canalizar institucionalmente las inquietudes de la comunidad, promoviendo instancias de diálogo y gestión que contribuyan a la búsqueda de soluciones;

Que este Concejo Deliberante considera necesario manifestar su acompañamiento y apoyo al reclamo planteado por los vecinos y comerciantes de La Cumbre;

POR ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD DE LA CUMBRE EN USO DE SUS FACULTADES SANCIONA CON FUERZA DE:

DECLARACIÓN Nº 01- 026

ARTÍCULO 1°.- Exprésase el acompañamiento y apoyo institucional de este Concejo Deliberante al reclamo presentado por vecinos y comerciantes de la localidad de La Cumbre respecto de los cortes de suministro eléctrico efectuados por EPEC.

ARTÍCULO 2°.- Manifiéstase la preocupación de este Cuerpo por las consecuencias económicas y sociales derivadas de dicha situación, en especial sobre la actividad comercial y laboral de la comunidad local.

ARTÍCULO 3°.- Solicitase al Departamento Ejecutivo Municipal que realice las gestiones pertinentes ante EPEC y el Ente Regulador de los Servicios Públicos (ERSeP), a fin de procurar instancias de diálogo y alternativas que eviten perjuicios a comerciantes y vecinos de la localidad.

ARTÍCULO 4°.- COMUNÍQUESE, publíquese, dese copia al Registro Municipal, a las  áreas correspondientes y ARCHÍVESE.-

DADO Y APROBADO EN EL RECINTO DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CUMBRE A LOS CATORCE DÍAS DEL MES DE MAYO DE DOS MIL VEINTISEIS.