VISTO:
La Ordenanza Normativa vigente;
Ley 8102;
La necesidad de sumar un vehículo furgón a la flota de vehículos municipales a los fines de la prestación eficiente de los servicios públicos;
Y CONSIDERANDO:
Que es imprescindible sumar vehículos a la flota automotor municipal a los fines de la prestación eficiente de los servicios públicos municipales.
Que, sin dudas, la adquisición de dicha unidad – un furgón – permitirá entre otros, seguir cumpliendo y mejorar el servicio de agua potable de nuestra localidad, brindando una adecuada prestación del mismo a los vecinos.
Que en consecuencia, la selección de la unidad no queda supeditada a las condiciones técnicas de la unidad sino a la conjugación de condiciones técnicas, tiempos de entrega y fundamentalmente, precio.
Que ante la necesidad resulta imperioso que este HCD autorice, la compra directa del vehículo en cuestión a fin de que se pueda garantizar los objetivos pretendidos y sobre todo, mantener el precio del vehículo evitando el impacto inflacionario.
POR TODO ELLO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD DE LA CUMBRE SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A Nº 20/2022
Art. 1º: AUTORÍZACE la excepción del procedimiento de acuerdo a lo establecido en La Normativa Vigente para realizar la compra directa por el monto de $3.400.000 (pesos tres millones cuatrocientos mil) para la adquisición de un vehículo CHASIS FURGÓN MARCA RENAULT MODELO 3B-KANGOO II EXPRESS CONFORT 1.6 SCE MODELO 2019, DOMINIO: AD673CK (42.000 KM.) todo en razón de lo expresado en los Considerandos.
Art.2º: AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo a suscribir la documentación pertinente a los fines de la instrumentación de la adquisición referida.-
Art. 3º: COMUNÍQUESE, Publíquese, dese copia al Registro Municipal, a las áreas correspondientes, a los interesados y ARCHÍVESE.-
DADO EN SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD DE LA CUMBRE A LOS VEINTIUN DÍAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS.-