VISTO:
El Decreto N° 118/20 mediante el cual el Departamento Ejecutivo llama a Sesión Extraordinaria para los días 23 del mes de diciembre, hasta el 28 de diciembre de 2020;
La Ley Provincial 8102;
La adenda al convenio de asistencia financiera entre la Provincia de Córdoba y la Municipalidad de La Cumbre, suscripto por el Sr. Intendente con fecha 21.12.2020.
Y CONSIDERANDO:
Que la cláusula cuarta de la mentada adenda establece que la Municipalidad se compromete a elevar al respectivo Cuerpo Legislativo, dentro de los cinco (5) días la suscripción de la misma, un proyecto de ordenanza a los efectos de que se aprobado el convenio y se confiera al DEM autorización a fin de dictar las normas que permitan cumplimentar con los términos del mismo;
POR ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD DE LA CUMBRE SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A Nº35/2020
Artículo 1º. APRUEBESE en su totalidad la ADENDA AL CONVENIO DE ASISTENCIA FINANCIERA ENTRE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA Y LA MUNICIPALIDAD DE LA CUMBRE que se adjunta al presente y forma parte integrante de la misma, suscripto con fecha 21.12.2020.
Artículo 2º. FACULTESE al Departamento Ejecutivo a dictar las normas que permitan cumplimentar los términos de la adenda al convenio aludido que por la presente se aprueba.
Artículo 3º. COMUNÍQUESE, Publíquese, dese copia al Registro Municipal, a las áreas correspondientes, a los interesados y ARCHÍVESE.-
DADO EN SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD DE LA CUMBRE A LOS VEINTIOCHO DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTE.-