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ORD. Nº 04 – 025 SOBRE MODIFICAR PLIEGOS DE BASES Y CONDICIONES DE LAS ORD. Nº 47-019 Y ORD. Nº 49-019 Y AURORIZAR AL DEM A LLAMAR A LICITACIÓN PÚBLICA PARA OTORGAR EN CONCESIÓN DE USO, ADMINISTRACIÓN Y EXPLOTACIÓN COMERCIAL “LA REMISERÍA” y “LA CONFITERÍA” DE LA ESTACIÓN TERMINAL DE ÓMNIBUS DE LA CUMBRE

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VISTO:

Lo establecido por la Ley 8102;

Las Ordenanzas 47/2019 y 49/2019, respectivamente, que aprueban los pliegos de bases y condiciones generales y particulares para el llamado a licitación pública para otorgar la concesión de uso, administración y explotación  comercial del local destinado a la remisería (Ord. 47/2019) y confitería – bar (Ord. 49/2019), ubicado en la terminal de ómnibus de la localidad de La Cumbre.

El tiempo transcurrido y la necesidad de otorgar en Concesión de Uso – Administración y Explotación Comercial los referidos locales destinados a “Remisería” y “Confitería” respectivamente, de la Estación Terminal de Ómnibus de La Cumbre”, y;

Y CONSIDERANDO:

Que, por diversos motivos – entre ellos la pandemia acaecida durante el año 2020 y la consiguiente situación económico financiera que se sucedió en el país – el proceso licitatorio no pudo ser culminado.

Sin perjuicio de ello, persiste la necesidad de completar la licitación ordenada por las Ordenanzas 47/2019 y 49/2019 a los fines de explotar comercialmente los locales destinados a la remisería y la confitería ubicados en la Terminal de Ómnibus de nuestra localidad.

Claramente, los pliegos allí aprobados contienen algunas condiciones que, por el tiempo transcurrido, requieren su actualización. Por ello y, en razón de la Ordenanza normativa vigente se impone la necesidad del dictado de una nueva ordenanza que modifique los términos de las anteriores.

Asimismo, ello garantizara la transparencia e igualdad de oportunidades a los vecinos interesados, permitiendo que sean presentadas las ofertas que cumplan con los pliegos respectivos en los tiempos actuales.

Ello supone la necesidad, también, de la modificación de los pliegos referidos.

ARTICULO  1: MODIFÍQUENSE los Pliegos de Bases y Condiciones Generales (Anexo I y II) que fueran aprobados por las Ordenanzas 47/2019 y 49/2019 denominados: “PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES para la Licitación Pública para OTORGAR EN CONCESIÓN DE USO, ADMINISTRACIÓN Y EXPLOTACIÓN COMERCIAL “REMISERIA DE LA ESTACIÓN TERMINAL DE ÓMNIBUS DE LA CUMBRE” y “PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES para la Licitación Pública para OTORGAR EN CONCESIÓN DE USO, ADMINISTRACIÓN Y EXPLOTACIÓN COMERCIAL “LA CONFITERÍA DE LA ESTACIÓN TERMINAL DE ÓMNIBUS DE LA CUMBRE”.

ARTICULO 2: AUTORIZASE, en consecuencia y, una vez aprobadas las modificaciones a los Pliegos respectivos, al Departamento Ejecutivo Municipal a efectuar el llamado a Licitación Pública PARA OTORGAR EN CONCESIÓN DE USO, ADMINISTRACIÓN Y EXPLOTACIÓN COMERCIAL “LA REMISERIA” y “LA CONFITERÍA” DE LA ESTACIÓN TERMINAL DE ÓMNIBUS DE LA CUMBRE de acuerdo a la documentación que forma parte de la presente Ordenanza.