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07-16 Rectificación del Cálculo de Recursos de Presupuesto de Gastos Vigente 2016

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 VISTO:

         Las Obligaciones fiscales y/o tributos que establezca este Municipio de conformidad con las leyes fundamentales de su esfera de competencia y que deben oblarse al Municipio como retribución de servicios públicos prestados , Tasas que por disposición del Código Tributario Municipal o de sus Ordenanzas Fiscales, son devengadas anualmente.

Y CONSIDERANDO:

        QUE están obligados al cumplimiento de las obligaciones tributarias los contribuyentes o responsables en la forma y, en la forma y oportunidad que rijan para éstos o que expresamente se establezca.

Que la gestión de la recaudación tendrá que transformarse en un aspecto de alta sensibilidad política de máximo compromiso social. Con lo cual, deberá quedar claro que la cobranza es una parte sustancial de la política municipal. De este modo se determina quien aporta y que medida, lo hace para colaborar en la construcción de la comunidad.

Que el sistema tributario tiene una función fundamental e irremplazable para la consecución de los grandes objetivos económicos de la Municipalidad, relacionados con el crecimiento, el desarrollo y la distribución del ingreso.

En función de los últimos datos oficiales correspondientes a la recaudación tributaria es evidencial el porcentaje de lo percibido en concepto de tasa por servicios a la propiedad, en relación directa al monto asignado al presupuesto de ingresos y que no debe perderse de vista, al analizar la contribución en relación al monto devengado real anual para la tasa

En diciembre 2015, la recaudación de la tasa evolucionó por encima del 18%, lo que evidencia un esfuerzo poco relevante, por lo que fue objeto de análisis, y que debe ser modificada,

Lo que estamos planteando es una suba interanual en la recaudación más significativa, que la del año 2015, sin necesidad de crear o

Aumentar las tasas existentes,  asociada juntamente con lo devengado real de la tasa para el año calendario 2016, planteando así un incremento del 15% mas sobre lo recaudado en 2015 (equivalente a un 26,99% de lo devengado real) y una recaudación promedio del 36% anual sobre lo devengado real para las posiciones del 2016, que como performance recaudatoria a valores corrientes apuntala el buen desempeño de la gestión y le es favorable al crecimiento y la puesta en valor de la localidad,

POR TODO ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CUMBRE SANCIONA CON FUERZA DE:

 O R D E N A N Z A Nº 07/016

    Art. 1º: RECTIFICAR el Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos Vigente en la cantidad de pesos siete millones ciento treinta y dos mil ochocientos cincuenta y ocho con 44/100 ($ 7,132,858.44.-), quedando modificado a la suma total de pesos ochenta y cinco millones novecientos treinta y dos mil ochocientos cincuenta y ocho con 44/100 $ ($ 85,932,858.44.-), de la siguiente manera:

Calculo de recursos año 2016:

PARTIDATIPOCONCEPTOPRESUPUESTOINCREMENTO 
100.1.1.01.PIContribución sobre los inmuebles                  8,741,250.00             4,646,177.80              13,387,427.80
100.1.3.01PITasas municipales5,290,312.002,486,680.647,776,992.64
  TOTAL A INCREMENTAR 7,132,858.44 

Presupuesto de gastos año 2016

PARTIDATIPOCONCEPTOPRESUPUESTOINCREMENTO 
900.01.01.01.04.01PIDeudas de ejercicios anteriores                  0.007,132,858.44              7,132,858.44
  TOTAL A INCREMENTAR 7,132,858.44 
      

Art   2°:     COMUNÍQUESE, Publíquese, dese copia la registro municipal y archívese.-

DADO EN SALA DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CUMBRE A LOS TREINTA Y UN DÍAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.-