VISTO:
La Ordenanza Nº 42/010, relacionada con modificaciones y/ o agregados al Código de Urbanización, Uso y Ocupación de Suelo Ordenanza Nº 23/04.-
Y CONSIDERANDO:
Que el Artículo 1º, inciso 4 de la citada Ordenanza Nº 42/010 ha presentado a este cuerpo reclamo de particulares, propietarios de lotes, en lo que refiere al retiro de la zona Z 9A en cuanto a los metros del eje hacia los lados del camino de la entrada SUR a La Cumbre, desde Ruta Nº 38 hasta Barrio Valle del Sol.-
Que atento a ello este Cuerpo sancionó la Ordenanza Nº 09/015, en donde se reconoce al órgano consultivo de profesionales (Ingenieros, Arquitectos) ad honorem para tratar temas relacionados con las ordenanzas citadas-
Que habiendo trabajado en comisión con dicho órgano consultivo se buscó atender y regular los reclamos presentados a este Cuerpo.-
POR TODO ELLO EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CUMBRE SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A Nº 12/015
Art. 1º) MODIFICASE el inc. 4 Art 1º de la Ordenanza Nº 42/010 quedando de la siguiente manera:
SE ESTABLECE PARA LA ZONA Z 9A EL RETIRO DE LÍNEA DE EDIFICACIÓN A PARTIR DE LA LÍNEA MUNICIPAL DE OCHO (8) METROS A CADA LADO DEL CAMINO DE INGRESO SUR DE LA CUMBRE DESDE LA RUTA Nº 38 HASTA CALLE 24 DE SETIEMBRE.-
Art. 2º) COMUNIQUESE, publíquese, dese copia al Registro Municipal, a la Secretaría de Obras Públicas y archívese.-
DADO EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CUMBRE A LOS DIEZ DÍAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL QUINCE.-