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04-18 Eximir Mujica Lainez pago de agua 2018

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VISTO:

             La solicitud presentada a este Concejo Deliberante por parte de la Fundación “ MANUEL MUJICA LAINEZ”, en donde solicita se exima a la misma del pago de la Tasa Municipal que incide el Servicio de Agua Municipal por todo el año 2018, del   siguiente inmueble Lote: B3 10-03-007-007, cta. de agua Nº 22.

Y CONSIDERANDO:

                                     Que la misma es una asociación sin fines de lucro, formando parte de nuestro patrimonio cultural.

                                     Que ha sido declarada en su momento de interés Municipal y es uno de los principales atractivos turísticos de nuestra localidad que además trabaja en bien de la cultura y las artes.

                                     Que en el año 2016 se otorgó mediante Ordenanza Nº 24/016 y han sido ya eximidos del pago citado anteriormente.

POR TODO ELLO EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CUMBRE SANCIONA CON FUERZA DE:

O R D E N A N Z A Nº 04/018

Art. 1º) EXIMASE a la Fundación “MANUEL MUJICA LAINEZ”, del pago que incide sobre la Tasa Municipal del Servicio de Agua lo correspondiente a la base y no al excedente de medidor, al inmueble cuya nominación catastral es la siguiente: Lote B3 10-03-007-007 cta. de agua Nº 22.

Art. 2º) DICHA EXIMISIÓN comprende todo el período año 2018, la cual deberán solicitar mediante el mismo mecanismo para eximiciones de años posteriores.-

Art. 3º) COMUNIQUESE, Publíquese, dese copia al Registro Municipal, a la Fundación solicitante y archívese.

DADO EN SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD DE LA CUMBRE A LOS OCHO DÍAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO.-