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Ord. Nº 37-22 DEROGADA mediante Decreto Municipal Nº sobre Eximir a las Hermanas de Génova de tasa a la propiedad período 2023

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VISTO:

             La solicitud presentada por la Madre superiora Provincial del Instituto de Vida Consagrada (HERMANAS DE LA INMACULADA DE GENOVA).

Y CONSIDERANDO:

             Que en la misma solicitan se los exima del pago de Tasa a la Propiedad Municipal de los inmuebles situados en calle Boucherville 416 y Boucherville 446.-

              Que dichos inmuebles son utilizados exclusivamente para actividades de culto, retiros espirituales, encuentros espirituales de religiosas, y de jóvenes y adultos de nuestras comunidades escolares.-

                Que ya han sido eximidos en el año 2022 mediante Ordenanza Nº 29/2021, del pago a la tasa citada anteriormente.

POR TODO ELLO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD DE LA CUMBRE SANCIONA CON FUERZA DE:

O R D E N A N Z A Nº 37/2022

Art. 1º) EXIMIR del pago que incide sobre la Tasa a la Propiedad Municipal a los inmuebles pertenecientes al Instituto de vida consagrada (HERMANAS DE LA INMACULADA DE GENOVA), de nuestra localidad, situados en calle Boucherville 416, y Boucherville 446 cuya denominación catastral es la siguiente: 2301291104107002000 y 2301291104107003000 por los Considerandos mencionados anteriormente.

Art. 2º) DICHA EXIMICIÓN comprende el período del año 2023. La cual deberán solicitar mediante el mismo mecanismo para eximiciones posteriores ya que así lo contempla nuestra Normativa Municipal.-

Art. 3º) DE FORMA.- Comuníquese al Ejecutivo Municipal.-

DADO EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD DE LA CUMBRE A LOS VEINTICUATRO DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS.-