VISTO:
La Ordenanza Nº 46/019 que alude al estacionamiento y circulación en pasaje Tassano de nuestra localidad;
La solicitud de los comerciantes de esa arteria.-
Y CONSIDERANDO:
Que este Cuerpo Legislativo, en virtud de los escasos lugares de estacionamientos céntricos, el pedido de los comerciantes y el incremento de vehículos que se viene dando desde hace unos años, lo que reciente el fluido del tráfico y estacionamiento, es conveniente habilitar el Pasaje Tassano como alternativa para solucionar dichos inconvenientes.
POR TODO ELLO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD DE LA CUMBRE PROPONE EL SIGUIENTE:
O R D E N A N Z A Nº 22/2021
Artículo 1º: MODIFÍQUESE el artículo 2º de la Ordenanza Nº 46/019, el que quedará redactado de la siguiente manera:
- Se permitirá a partir de la promulgación de la presente ordenanza, el estacionamiento de mano derecho en el pasaje Tassano; dejando dársenas de estacionamiento para agencia de remis y discapacitados.-
Artículo 2º: DERÓGUESE toda otra Norma que se oponga a la presente.-
Artículo 3º: COMUNÍQUESE, Publíquese, dese copia al Registro Municipal, a las áreas correspondientes, a los interesados y ARCHÍVESE.-
DADO EN SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD DE LA CUMBRE A LOS DOS DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO.-