VISTO:
La solicitud presentada por las autoridades de la “Sociedad de Bomberos Voluntarios de La Cumbre” de nuestra localidad, respecto de las posibilidades de un descuento en el pago de la conexión a la Red Domiciliaria de Gas Natural.-
Y CONSIDERANDO:
QUE la finalidad de esta institución peticionante es el bien común, por lo cual resulta admisible otorgarle el beneficio.-
QUE lo solicitado es atendible, ya que permitirá mejorar condiciones de confort de dicha institución.-
QUE la utilización del servicio mejorará la calidad de vida y los costos de calefacción y de otros usos referidos al combustible.-
POR TODO ELLO EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CUMBRE SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A Nº 14/013
Art. 1º) OTÓRGUESE un descuento del cincuenta por ciento (50%), según anexo adjunto a la presente donde figura el importe a la fecha del costo total de la obra, correspondiente a la conexión de la Red Domiciliaria de Gas Natural a la “Sociedad de Bomberos Voluntarios de La Cumbre” en calle Laprida Nº 5 cuya referencia catastral es: C: 10 S: 03 Mz: 034 P: 024.-
Art. 2º) COMUNÍQUESE, Publíquese, dese copia al Registro Municipal, a la entidad solicitante y archívese.-
DADO EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CUMBRE A LOS DIECIOCHO DÍAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL TRECE.-
María Julieta Mateos
Vicepresidente 1º HCD La Cumbre