VISTO:
Lo establecido en la Ley Provincial Nº 10.031, mediante la cual se crea el Régimen de Provisión del Boleto Educativo Gratuito para ser utilizado en el transporte de pasajeros, suburbanos e interurbanos de jurisdicción provincial, en particular a lo prescripto en el Art. 8 del Decreto Nº 2596/2011 que corre como Anexo Único al mencionado instrumento legal.-
Y CONSIDERANDO:
Lo establecido en la Resolución Nº 078/2014 y sus modificatorias, que las Municipalidades deberán adherir al Programa, firmando el Convenio de Adhesión con la Secretaría de transporte, “ Ad Referéndum” del Concejo Deliberante.-
POR TODO ELLO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CUMBRE SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A Nº 18/016
ART.1º: RATIFÍQUESE el Convenio de Adhesión firmado por el Sr. Intendente de la Municipalidad de La Cumbre Ctdor. Rubén Justo OVELAR con la Secretaría de Transporte de la Provincia de Córdoba, representada por el Sr. Director de Transporte Ing. Marcelo Daniel MANSILLA, con fecha 02 de Mayo de 2016.-
ART.2º: COMUNÍQUESE, Publíquese, dese copia al Registro Municipal y archívese.-
DADO EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CUMBRE A LOS DIECINUEVE DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.-