View Categories

03-19 Eximir a la Fundación Manuel Mujica Lainez del pago de agua y propiedad año 2019

2 minutos de lectura

VISTO:

             La solicitud presentada a este Concejo Deliberante por parte de la Fundación “ MANUEL MUJICA LAINEZ”, en donde solicita se exima a la misma del pago de la Tasa Municipal que incide el Servicio de Agua Potable y tasa a la propiedad  Municipal por todo el año 2019, del siguiente inmueble Lote: B3 10-03-007-007, cta. de agua Nº 22.

Y CONSIDERANDO:

                                        Que la misma es una asociación sin fines de lucro, formando parte de nuestro patrimonio cultural.

                                     Que ha sido declarada en su momento de interés Municipal y es uno de los principales atractivos turísticos de nuestra localidad que además trabaja en bien de la cultura y las artes.

                                     Que en el año 2018 se otorgó mediante Ordenanza Nº 04/018 y han sido ya eximidos del pago citado anteriormente.

POR TODO ELLO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD DE LA CUMBRE SANCIONA CON FUERZA DE:

O R D E N A N Z A Nº 03/019

Art. 1º) EXIMIR a la Fundación “MANUEL MUJICA LAINEZ”, del pago que incide sobre la Tasa Municipal del Servicio de Agua Potable lo correspondiente a la base y no al excedente de medidor y tasa a la propiedad al inmueble cuya nominación catastral es la siguiente: Lote B3 10-03-007-007 cta. de agua Nº 22.

Art. 2º) DICHAS EXIMICIONES comprenderán todo el período 2019, la cual deberán solicitar mediante el mismo mecanismo para eximiciones de años posteriores.-

Art. 3º) COMUNÍQUESE, Publíquese, dese copia al Registro Municipal, a las áreas correspondientes, a los interesados y ARCHÍVESE.

DADO EN SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD DE LA CUMBRE A LOS CATORCE DÍAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE.-