VISTO:
El contrato entre el Ministerio de Educación de la Provincia de Córdoba y la Municipalidad de La Cumbre.-
Y CONSIDERANDO:
QUE el objeto del presente es la construcción de tres (3) Aulas, Receptoría, Núcleo Sanitario, Escaleras y Circulación en el inmueble donde funciona el IPET Nº 200 de nuestra localidad.-
QUE la misma se efectuará en los plazos, términos, condiciones y características técnicas establecidas en los planos, Memoria Descriptiva y Técnica, Cómputo, Presupuesto, Plan de Avance, Pliegos de Condiciones Generales y Particulares, Pliego de Especificaciones Técnicas, sus Anexos que corren del folio (5) al folio cincuenta y ocho (58) del presente Expediente que ha tenido a la vista y suscripto de conformidad y toda otra documentación complementaria Nº 4757/77; Nº 4758/77 y demás documentos todos los cuales forman parte integrante del presente.-
POR TODO ELLO EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CUMBRE SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A Nº 05/013
Art. 1º) AUTORIZAR al Sr. Intendente Municipal Carlos Alejandro ENGEL a firmar El contrato entre el Ministerio de Educación de la Provincia de Córdoba y la Municipalidad de La Cumbre para la construcción de tres (3) Aulas, Receptoría, Núcleo Sanitario, Escaleras y Circulación en el inmueble donde funciona el IPET Nº 200 de nuestra localidad.-
Art. 2º) COMUNÍQUESE, Publíquese, dese copia al Registro Municipal y archívese.-
DADO EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CUMBRE A LOS CUATRO DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL TRECE.-