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13-17 EXIMIR A PARROQUIAS PAGO TASA MÍNIMO AGUA PERÍODO 2017

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VISTO:

               La solicitud recibida con fecha 14/02/2017 a este Cuerpo, presentada por el Cura Párroco de nuestra localidad  HUGO T RIZZO.

Y CONSIDERANDO:

            Que en la misma solicita la eximición del pago mínimo de la tasa Municipal del Servicio de Agua de las siguientes Capillas: San José, Fátima, Santa Cruz, San Roque y Parroquia El Carmen.

           Que ya han sido eximidos mediante Ordenanza 08/016

POR TODO ELLO EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CUMBRE SANCIONA CON FUERZA DE:

O R D E N A N Z A Nº 13/017

Art. 1º) EXIMASE del pago mínimo de la tasa de agua Municipal a las siguientes Capillas: San José, Fátima, Santa Cruz, San Roque, y Parroquia El Carmen, debiendo abonar el excedente de medidor.

Art. 2º) DICHAS EXIMICIONES corresponden para todo el período 2017, debiendo solicitar mediante el mismo mecanismo para eximiciones posteriores.-

Art.3º) COMUNÍQUESE, Publíquese, dese copia al Registro Municipal, copia al solicitante y archívese.-

DADO EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CUMBRE A LOS TREINTA Y UN DÍAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS.-