VISTO:
La posibilidad que ofrece el Banco Nación de la República Argentina para la adquisición que realiza Nación mediante NACIÓN LEASING S.A.
Y CONSIDERANDO:
Que dicha operatoria permite la adquisición de vehículos en comodato con opción a compra.-
Que la presentación del programa exhibe características y condiciones que resultan accesibles para el Municipio y representan la asunción de una obligación razonable, garantizándole la misma con ingresos originarios del erario Municipal.-
Que resulta conveniente para este Municipio acceder a esta modalidad de crédito a los fines de adquirir un Camión nuevo, O KM, Marca Agrale, Modelo 8500, equipado con motor MWM 4,10 turbo Aftercooler, inyección mecánica, con caja de cambios Eaton de 5 velocidades hacia delante y marcha atrás, diferencial Dana, frenos de aire, cabina rebatible, con todos los elementos de normal dotación, origen Argentina, cuyo monto a la fecha de la presente asciende a $ 298.000= (pesos doscientos noventa y ocho mil).-
Que atento al marcado nivel de variación de precios que impera el mercado es necesario y conducente realizar la previsión de los mayores costos que podría sufrir la unidad cuya compra se pretende, motivo por el cual es necesario autorizar al Ejecutivo a contratar hasta un 5% (cinco por ciento) más del presupuesto actual, salvaguardando con ello la concreción de la operación.-
POR TODO ELLO EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CUMBRE SANCIONA CON FUERZA DE :
O R D E N A N Z A Nº 11/013
Art. 1º) AUTORIZASE al Sr. Intendente Municipal Don Carlos Alejandro Engel con DNI 12.045.171 y a la Sra. Secretaria de Hacienda Ctadora. Marcela Inés Medo con DNI 13.417.539 a tramitar ante NACIÓN LEASING S.A., una operación de leasing para el arrendamiento con opción a compra de un camión nuevo, 0 KM, Marca Agrale, Modelo 8500, equipado con motor MWM 4,10 turbo Aftercooler, inyección mecánica, con caja de cambios Eaton
de 5 velocidades hacia delante y marcha atrás, diferencial Dana,frenos de aire, cabina rebatible, con todos los elementos de normal dotación, origen Argentina, cuyo monto a la fecha de la presente asciende a $ 298.000= (pesos doscientos noventa y ocho mil) cediendo en garantía y como medio alternativo de pago, el cobro de los ingresos mensuales que percibe la Municipalidad de La Cumbre, correspondiente a los fondos Cooparticipables.-
Art. 2º) AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo a comprometer hasta un Cinco por ciento (5%) más del presupuesto establecido en el artículo primero, en concepto de posible variación de precio.-
Art. 3º) COMUNIQUESE, Publíquese, dese copia al Registro Municipal y archívese.-
DADO EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE A LOS DIECISÉIS DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL TRECE.-