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47-16 Concurso Frentes y Jardines 2016 Las Verbenas

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VISTO:

La necesidad de forestación y embellecimiento de nuestra localidad en concordancia con el trabajo que viene desarrollando la Municipalidad a través de la Dirección de Paisajismo.

Y CONSIDERANDO:

Que resulta necesario estimular la forestación y embellecimiento de los frentes y jardines de nuestra Localidad;

Que a tales fines se conformará un Jurado designado por el Club de Jardinería “Las Verbenas”, que evaluará los frentes y  jardines en los diversos barrios de La Cumbre, pronunciándose respecto de un ganador por barrio o zona.

POR ELLO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD DE LA CUMBRE SANCIONA CON FUERZA DE:

O R D E N A N Z A Nº 47/016

Art. 1º: BRINDESE  el auspicio, al Concurso Anual de Frentes y Jardines Domiciliarios, edición 2016, que estará a cargo del Club de jardinería “LAS VERBENAS” y cuyo objetivo será:

  1. Promover los valores de la higiene, la estética, el urbanismo y el medio ambiente como condiciones de una mejor calidad de vida.
  2. Incrementar el desarrollo y fomentar el mejoramiento estético y paisajístico de jardines y frentes de propiedades privadas por parte de sus propietarios a través de la instrumentación de premios y reconocimientos.

Art.2º: Los interesados en participar deberán cumplir con los requisitos que establezca por reglamento el  Club de jardinería “LAS VERBENAS”. Las zonas a evaluarse son:

1.- Barrio Argentino

2.-Barrios  Sintonía/ Santa Elena

3.-Barrios Las Flores/ Palermo

4.-Barrios Potrerillo/ La Costa

5.-Barrio Valle del Sol

6.- Centro: 7.1.-Comercios y 7.2.-Particulares

7.- Instituciones

 Art.3º: Habrá un (1) ganador por zona y los ganadores recibirán una exención  en la TASA POR SERVICIOS A LA PROPIEDAD por el transcurso de seis (6) meses para el caso de los particulares y de seis (6) meses en la TASA DE COMERCIO para los comercios.-

Art.4º: COMUNÍQUESE, Publíquese, dese copia al registro municipal, a las áreas correspondientes y archívese.-

DADO EN SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD DE LA CUMBRE A LOS VEINTICUATRO DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.-