VISTO:
Lo establecido en la Ley Provincial Nº 10.031, mediante la que se crea el Régimen de provisión del Boleto Educativo Gratuito para ser utilizado en el transporte de pasajeros urbanos, suburbanos de jurisdicción provincial, en particular a lo prescripto en el Art. 8 del Decreto Nº 2596/2011 que corre como Anexo Único al mencionado instrumento legal.
Y CONSIDERANDO:
Lo establecido en la Reglamentación vigente, que las Municipalidades deberán adherir al Programa, firmado el Convenio de Adhesión con la Secretaria de Transporte, “ad referéndum” del Concejo Deliberante.
POR TODO ELLO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD DE LA CUMBRE SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A Nº 01/2020
Artículo 1º): RATIFIQUESE el Convenio de Adhesión firmado por el Intendente Municipal Sr. Pablo Alejandro Alicio, con la SECRETARIA DE TRANSPORTE DE LA PROVINCIA DE CORDOBA, representada por el Señor Dr. Franco Hernán Mogetta Prevedello con fecha 05 de febrero de 2020.
Artículo 2º): COMUNÍQUESE, Publíquese, entréguese copia certificada a la SECRETARÍA DE TRANSPORTE DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA, al Registro Municipal, a las áreas correspondientes y ARCHÍVESE.
DADO EN SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD DE LA CUMBRE A LOS CINCO DIAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL VEINTE.