Visto:
La solicitud presentada por el señor Malmassari, en relación a la aprobación de planos de mensura y subdivisión de un lote de su propiedad cuya referencia catastral es Circunscripción 10 Sección 01 Manzana 008 Parcela 025, de esta localidad, que por ser los lotes resultantes de superficies inferiores a los mínimos establecidos en la normativa vigente para esta zona, corresponde se apruebe por vía de excepción.
Que fue tratado en reunión de comisión y se le dio el visto bueno.
Y Considerando:
Que el objeto de la solicitud de aprobación es para poder formalizar una cesión para futura incorporación, entre los propietarios, Sr. Malmassari y su vecino lindero, Colegio San Pablo.
Que el colegio San Pablo tiene previsto utilizar ese espacio para ampliar sus instalaciones y poder brindar mejores condiciones de habitabilidad al alumnado que concurre a su institución.
Que el colegio San Pablo se compromete a realizar una futura mensura y unión de lotes entre su propiedad y la cedida por el Sr. Malmassari.
POR TODO ELLO EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CUMBRE SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A Nº 12/016
Art. 1: Autorizase a la Secretaria de Obras y Servicios Públicos, a aprobar por vía de excepción la factibilidad de subdivisión simple al Sr. Malmassari Santiago.
Art 2: COMUNÍQUESE, Publíquese, dese copia al registro municipal y archívese.-
DADO EN SALA DEL CONCEJO DELIBERANTE DELIBERANTE DE LA CUMBRE A LOS VEINTIUN DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.-
Carolina C. Cepeda Isabel Germana Lucero
Secretaria H.C.D. Presidenta H.C.D.
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