VISTO:
La Ordenanza Nº 12/2020.-
El art.30º inciso 19 de la Ley 8.102.-
Y CONSIDERANDO:
Que se elevó a éste Cuerpo Deliberante para su estudio y aprobación la firma de un Convenio entre la Municipalidad de La Cumbre y la sociedad J.B. Srur S.A. sobre lotes que actualmente son usados como laguna de retención en el Bº Valle del Sol de nuestra localidad.-
POR TODO ELLO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD DE LA CUMBRE SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A Nº 08/2021
Art.1º) AUTORÍCESE al Departamento Ejecutivo Municipal a SUSCRIBIR el Convenio que se agrega como anexo adjunto a la presente ordenanza y forma parte de la misma.-
Art.2º) COMUNÍQUESE, Publíquese, dese copia al Registro Municipal, a las áreas correspondientes, a los interesados y ARCHÍVESE.-
DADO EN SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD DE LA CUMBRE A LOS QUINCE DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO.-