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ORD. Nº 27- 023 IMPLEMENTAR SUBSIDIO PARA LA COMPRA DE MAQUINARIAS, HERRAMIENTAS Y MATERIALES A ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL Y ORGANISMOS GUBERNAMENTALES

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VISTO

El subsidio no reintegrable otorgado a organismos gubernamentales y organizaciones de la sociedad civil, con la finalidad exclusiva de ser destinados a la compra de maquinarias, herramientas y materiales.-

Y CONSIDERANDO:

Que la municipalidad de La Cumbre gestionó el mismo para la asistencia técnica y capacitación en las instancias de formulación, ejecución, y acompañamiento de los proyectos apoyados por el banco de maquinarias, herramientas y materiales.

Que el mismo tiene la finalidad de atender a las personas en situación de alta vulnerabilidad social y económica, mediante la entrega de insumos, herramientas y/o equipamiento, permitiéndoles generar una fuente de ingresos genuinos y mitigando, de tal modo, los factores de riesgo y exclusión provocados por el contexto de la emergencia social.

POR TODO ELLO, EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD DE LA CUMBRE, SANCIONA CON FUERZA DE:

ORDENANZA 27 / 023

ARTÍCULO 1: AUTORIZAR al D.E.M a implementar de inmediato el proyecto llevando a cabo la coordinación operativa de este según las pautas del convenio suscripto.

ARTÍCULO 2: MODIFICAR la  estructura del Presupuesto de Recursos y Gastos Vigente creando las partidas correspondientes, a los fines de una correcta imputación. Incorporando las siguientes cuentas de imputación de ingreso y egreso:

Calculo de Ingresos 2023

CUENTATIPO DESIGNACIÓNIMPORTE
  200.2.1.28 I  Banco de Maquinarias, Herramientas y Materiales    $ 30,404.529,69

Calculo de Egresos 2023

CUENTATIPO DESIGNACIÓNIMPORTE
  930.01.03.01.01.40 I    Banco de Maquinarias, Herramientas y Materiales  $ 30,404.529,69
ARTÍCULO 3: RECTIFICAR el Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos Vigente en la cantidad de pesos: TREINTA MILLONES CUATROCIENTOS CUATRO MIL QUINIENTOS VEINTINUEVE CON 69/100 ($ 30.404.529,69.-), quedando modificado a la suma total de pesos novecientos treinta y nueve millones cuatrocientos cincuenta y cinco mil doscientos seis con 24/100 ($ 939.455.206,24)
 
ARTÍCULO 4: COMUNIQUESE, Publíquese, Dese copia al Registro Municipal, a las áreas correspondientes, a los interesados y ARCHÍVESE