VISTO
Que el señor José Manuel de la Sota, oriundo de la provincia de Córdoba, nacido el 28.11.1949, fue un abogado, profesor y político argentino, como así también uno de los dirigentes peronistas que más influencia ejerció en la política Argentina.
Desarrollo una larga trayectoria como Diputado (1985-1990), Senador (1995-1999) y tres veces Gobernador de la Provincia de Córdoba.
Y CONSIDERANDO
Que ingresó en la política a los 24 años cuando, en 1973, el entonces reciente electo intendente de la ciudad de Córdoba Juan Carlos Ávalos lo designó secretario administrativo del Consejo deliberante de la capital cordobesa.
En 1975 asumió como Secretario de Gobierno; jurando el 29 de diciembre de 1986 como Vicepresidente primero de la Convención Constituyente de la provincia de Córdoba.
En 1990 fue designado embajador en Brasil.
En 1995 fue designado Senador Nacional por Córdoba.
Tomó posesión del cargo de Gobernador de Córdoba el 12 de julio de 1999 (1999-2003).
En la elección general del 8 de junio de 2003 continuó con su segundo mandato como Gobernador (2003-2007).
El 10 de diciembre de 2011 toma posesión del cargo de gobernador de Córdoba, en lo que sería su tercer mandato (2011-2015).
Fallece como consecuencia de un fatídico accidente de tránsito el 15 de septiembre de 2018 a las 20 horas aproximadamente en la autovía Córdoba río cuarto con destino a la Ciudad de Córdoba.
Destacando su liderazgo político y su visión de estadista es que se estima la importancia de un merecido homenaje e investir una calle de nuestra localidad con su nombre.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD DE LA CUMBRE SANCIONA CON FUERZA DE:
ORDENANZA Nº 19/023
Artículo 1°) DESIGNASE con el nombre de JOSÉ MANUEL DE LA SOTA a la calle que parte desde la arteria 25 de mayo y desemboca en Vázquez Cuesta habilitada actualmente con el nombre de Corrientes.
Artículo 2°) DEROGESE toda disposición municipal anterior, debiendo incluirse en todos los registros municipales, provinciales y nacionales al igual que en los sistemas de geo posicionamiento satelital, debiendo comunicarse a todos los vecinos de la presente Ordenanza.
Artículo 3°) OTORGUESE la exención de pago correspondiente al trámite de cambio de domicilio, que implicaría la confección de un nuevo DNI (Documento Nacional de Identidad)de los frentistas de la calle que parte desde la arteria 25 de mayo y desemboca en Vázquez Cuesta, habilitada con el nombre de Corrientes.
Artículo 4°) BRINDESE el acto de homenaje correspondiente a través de este Honorable Concejo Deliberante.
Artículo 5°) DE FORMA – DESE copia al DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL.-
DADO EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD DE LA CUMBRE A LOS TRES DÍAS DEL MES DE AGOSTO DE DOS MIL VEINTITRÉS