View Categories

34-20 Nuevo Aumento de Tarifa de Taxis y Remises a partir del 01-12-2020

1 minutos de lectura

VISTO:

             La Ordenanza Nº 22/2020, que fija como tarifa de Taxis y Remises en el valor de $ 50 (pesos cincuenta) la bajada de bandera.-

Y CONSIDERANDO:

         El pedido de la mayoría de agencieros y conductores de las distintas agencias de Remis y/ o taxis en donde solicitan un nuevo aumento de tarifa para la Temporada Estival.-

        Que este Cuerpo y atendiendo dicha solicitud de aumento, e implementando el mecanismo que se utiliza  para la toma de decisiones o sea el porcentaje de la mayoría para sancionar la Normativa.-                                  

       Que es necesario dado que los costos de combustibles y/o repuestos, entre otros insumos,  superan los márgenes de las mismas.-    

       Que al aumentar alivianará lo mencionado en el considerando citado anteriormente, pero que también más allá del aumento es obligatorio tener los vehículos en condiciones de acuerdo a lo que marca la Ordenanza Nº 21/016 respecto al ITV, modelo de unidades, etc. que hacen al cuidado y estado de los vehículos en todo sentido para el bien de aquellos que hacen uso de ese servicio.-

POR TODO ELLO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD DE LA CUMBRE SANCIONA CON FUERZA DE:

O R D E N A N Z A Nº 34/2020

Art. 1º) FIJASE como nueva tarifa de Taxis y Remis a partir  del 01/12/2020:

*Diurno: $55.- (pesos cincuenta y cinco) bajada de bandera más  $5,50.- (pesos cinco con cincuenta) la cuadra.

*Nocturno: $60.- (pesos sesenta) bajada de bandera más $6,00.- (pesos seis) la cuadra.-

Art. 2º) CADA VEHÍCULO, deberá exhibir la tarifa según el Art. 27º y 5º inciso h) de la Ordenanza Nº 21/016, la misma deberá exhibirse en cada agencia.-  

Art. 3º) CADA 40 segundos de espera se cobrará el valor equivalente a $5.50 (pesos cinco con cincuenta), el mismo deberá ser exhibido en cada vehículo.-

Art. 4º) DERÓGASE toda otra norma que se oponga a la presente.- 

Art. 5º).- COMUNÍQUESE, Publíquese, dese copia al Registro Municipal a las áreas correspondientes, a los interesados y ARCHÍVESE.-

DADO EN SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD DE LA CUMBRE A LOS TREINTA DÍAS DEL MES NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTE.-