VISTO:
Que el 5 de junio se celebra, alrededor del mundo, el Día del Medio Ambiente con el objetivo de concientizar acerca de la importancia de cuidar el ecosistema, a la vez que se pretende fomentar el respeto por el medio ambiente.
Que esta fecha fue establecida en 1972 por la Asamblea General de las Naciones Unidas cuando se llevó adelante, entre el 5 y el 16 de junio, la Conferencia de Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente Humano (CNUMAH), conocida también como Conferencia de Estocolmo, que fue el primer encuentro organizado con el fin de abordar diversas cuestiones medioambientales y que propició el desarrollo de políticas internacionales relacionadas con esta temática. De esta manera, a partir de 1973 se comenzó a celebrar el Día Mundial del Medio Ambiente el 5 de junio.
Que el día Mundial del Medio Ambiente es un vínculo por medio del cual la Organización de Naciones Unidas sensibiliza a la opinión mundial en relación a temas ambientales, intensificando la atención y la acción política.
Que cada año el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA), busca dar a conocer el impacto que tiene el cuidado del medio ambiente en la vida de las personas alrededor del mundo.
Y CONSIDERANDO
Que la localidad de La Cumbre no es ajena a esta problemática que nos afecta a todos.
Que es necesario y urgente generar acciones participativas que permitan generar conciencia y responsabilidad en los vecinos de la localidad.
Que el Cambio Climático es una realidad y disminuir la Huella de Carbono comunitario es una necesidad urgente de compromiso comunitario.
Que el objetivo principal del municipio es generar impacto positivo, motivando a los vecinos para que se conviertan en agentes activos del desarrollo sustentable y sostenible.
Que es necesario promover el papel fundamental de las comunidades en el cambio de actitud hacia temas ambientales.
POR ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD DE LA CUMBRE EN USO DE SUS FACULTADES SANCIONA CON FUERZA DE:
ORDENANZA Nº 10 / 024
ARTÍCULO 1: DECLARASE cada mes de junio como JUNIO MES DEL AMBIENTE SANO en la localidad de LA CUMBRE.
ARTÍCULO 2: PROMUÉVASE Y EJECUTASE distintas actividades temáticas recreativas, conferencias, campañas y muestras relacionadas a la temática, a desarrollarse durante este mes, tendiente a sensibilizar a todos los habitantes de la localidad y generar un mayor interés en el cuidado ambiental.
ARTÍCULO 3: COMUNÍQUESE, publíquese, dese copia al Registro Municipal y archívese.-
DADO EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CUMBRE A LOS TREINTA DÍAS DEL MES DE MAYO DE DOS MIL VEINTICUATRO.