VISTO:
La solicitud realizada por el arquitecto Juan Carlos Herreroen lo concerniente a un pedido de excepción referente al anteproyecto del local comercial ubicado en Av. Bartolomé Jaime 75 (lote de terreno Circ. 10- Secc. 02- Manz. 069- Parc.012) de la localidad de La Cumbre.
Y CONSIDERANDO:
Que fue tratado en comisión y se solicitó asesoría al área de obras privadas de la municipalidad de La Cumbre.-
Que éste cuerpo deliberativo contó con un dictamen del arq. Luis Sánchez para evacuar dudas al respecto.-
Que se firmó un convenio de conformidad, entre vecinos con el fin de cumplimentar una serie de obligaciones constructivas, apropiadamente certificado por el Juzgado de Paz de esta localidad.-
POR ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD DE LA CUMBRE EN USO DE SUS FACULTADES SANCIONA CON FUERZA DE:
ORDENANZA Nº 22 / 024
ARTÍCULO 1: AUTORIZACE a la Secretaría de Obras y Servicios Públicos y a la Secretaria de Obras Privadas a aprobar el anteproyecto del local comercial ubicado en Av. Bartolomé Jaime 75 (Supermercado Only).-
ARTICULO 2: COMUNÍQUESE, publíquese, dese copia al Registro Municipal y archívese.
DADO EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CUMBRE A LOS TREINTA Y UN DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DE DOS MIL VEINTICUATRO.
