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06-22 Autorizar al Ejecutivo a gestionar del Fondo Permanente $8.000.000 para adquisición de un camión volcador

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VISTO:

La necesidad de contar con los fondos para afrontar el pago dela compra de un camión volcador para la Secretaria de Obras Publicas

Y CONSIDERANDO:

Que el DEM puede tomar el crédito perteneciente al Fondo Permanente para la Financiación de Proyectos y Programas de los Gobiernos Locales de la Provincia de Córdoba, destinadas a tal fin.

POR TODO ELLO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD DE LA CUMBRE SANCIONA CON FUERZA DE:

ORDENANZA Nº 06/2022


Artículo 1°.- FACULTASE al Departamento Ejecutivo para que gestione y tome del FONDO PERMANENTE PARA LA FINANCIACION DE PROYECTOS Y PROGRAMAS DE LOS GOBIERNOS LOCALES DE LA PROVINCIA DE CORDOBA, un crédito publico de hasta pesos OCHO MILLONES ( 8.000.000-)  con destino a afrontar el 50 % del valor para la adquisición de un camión volcador para la Secretaria de Obras Públicas.


Artículo 2°.- AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo para que, en pago del crédito, ceda al Fondo Permanente, de la coparticipación que mensualmente corresponda al Municipio en los impuestos provinciales, hasta la suma de pesos DOSCIENTOS VEINTIDOS MIL DOSCIENTOS VEINTIDOS CON  22/100  ($ 222222.22.-) mensuales, durante el término máximo de treinta y seis (36) meses.-

Artículo 3°.- El Departamento Ejecutivo deberá notificar formalmente a la Provincia de la cesión de la coparticipación, anoticiándola de que, en mérito a tal cesión, deberá mensualmente pagarse la suma cedida directamente al Fondo Permanente.-

Artículo 4°.- FACÚLTASE al Departamento Ejecutivo para que garantice la existencia y cobrabilidad del crédito tomado, con los recursos del Municipio provenientes de otras fuentes que no sean la coparticipación en los impuestos provinciales.-

Artículo 5°.- IMPONESE al Departamento Ejecutivo la obligación de informar, a este Concejo Deliberante y al FONDO PERMANENTE PARA LA FINANCIACION DE PROYECTOS Y PROGRAMAS DE LOS GOBIERNOS LOCALES DE LA PROVINCIA DE CORDOBA, la efectiva utilización de los fondos tomados para los fines comprometidos.

Artículo 6°.- COMUNÍQUESE, Publíquese, dese copia al Registro Municipal, a las áreas correspondientes, a los interesados y ARCHÍVESE.-

DADO EN SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD DE LA CUMBRE A LOS VEINTE DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS.-