VISTO:
La necesidad de acercar y facilitar a la comunidad de La Cumbre el acceso a los programas, beneficios y trámites que deben efectuarse por ante la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES);
La Ley 8102;
Y CONSIDERANDO:
Que las distancias y costos de traslado a la ciudad de Córdoba dificultan muchas veces el acceso de nuestros vecinos a los beneficios, programas y trámites en general que deben realizarse por ante la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), motivo por el cual hemos solicitado y gestionado la apertura de una oficina –punto fijo- de ANSES en nuestra localidad. Se adjunta el proyecto de convenio respectivo.-
Que para ello es necesario firmar un convenio de comodato para el funcionamiento de la oficina en las reparticiones municipales. A tales fines y contando el Municipio con un espacio disponible en el CIC Municipal, se ha dispuesto suscribir el mismo a tales efectos.-
Que ello permitirá a los vecinos ejercer el derecho de acceso a la Seguridad Social.-
POR TODO ELLO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD DE LA CUMBRE SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A Nº 31/2022
Artículo primero: FACULTESE al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir el Convenio de Comodato que se adjunta a los fines del funcionamiento de una oficina –Punto fijo y permanente de atención al público- de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), en el CIC Municipal.
Artículo segundo: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal.-
DADO EN SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD DE LA CUMBRE A LOS VEINTISIETE DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS.-
