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ORD. Nº 12 – 025 SOBRE SUPRIMIR EL INCISO F Y G DEL ARTICULO 9 DE LA ORD 12-024

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VISTO:

La Ordenanza Nº 12/024 mediante la cual se ordena y reglamenta la actividad de los vehículos afectados al servicio de taxis y/o remises.

Y CONSIDERANDO:

Que es función de este Honorable Concejo Deliberante establecer las normas bajo las cuales en forma regular, permanente, continua, uniforme e ininterrumpida se satisfagan las necesidades de la población en esta materia, garantizando su prestación en las mejores condiciones de seguridad, comodidad, higiene y eficiencia a través del pago de la tarifa correspondiente.

Que es intención del Honorable Concejo Deliberante otorgar la herramienta necesaria al DEM para el reordenamiento, control, inspección y eventuales sanciones en caso de incumplimiento de la presente buscando con ello preservar la seguridad del pasajero y evitar la competencia desleal.

POR ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD DE LA CUMBRE EN USO DE SUS FACULTADES SANCIONA CON FUERZA DE:

ORDENANZA Nº 12/025

ARTÍCULO 1: SUPRIMASE el inciso F y G del artículo 9 de la Ordenanza 12/024 mediante la cual se ordena y reglamenta la actividad de los vehículos afectados al servicio de taxis y/o remises.

ARTÍCULO 2: COMUNÍQUESE Publíquese, Dese copia al Registro Municipal, a las áreas correspondientes, a los interesados y ARCHÍVESE.

    DADO EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CUMBREA LOS DIEZ DÍAS DEL MES DE JULIO DE DOS MIL VEINTICINCO.