Y VISTO:
El Convenio de asistencia financiera entre la Provincia de Córdoba y la Municipalidad de La Cumbre, por medio del cual se celebró el Acuerdo Federal Provincia Municipios de Diálogo y Convivencia Social, en el marco del “Consenso Fiscal” y;
La Ordenanza 30/018;
Y CONSIDERANDO:
Que a través del convenio precitado se establecieron herramientas de gestión y recursos beneficiosos para los gobiernos locales.
Que mediante dicho acuerdo se estableció que el Gobierno de la Provincia de Córdoba promoverá mecanismos alternativos de asistencia financiera tendientes a disminuir el impacto de la crisis imperante con el fin de proteger y fortalecer a los municipios y comunas.
Que se fijaron compromisos recíprocos entre Provincia, Municipios y Comunas en materia fiscal y lineamientos para homogeneizar las estructuras tributarias, de forma que se promueva el empleo, la inversión y el crecimiento, impulsando políticas uniformes orientadas al logro de dichas finalidades, para cuyo contenido resulta imprescindible la participación y compromiso de los gobiernos locales, municipales y comunales.
POR TODO ELLO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD DE LA CUMBRE SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A Nº 44/018
ART 1: ADHIERASE al Acuerdo Federal Provincia Municipios de Dialogo y Convivencia Social, en el marco de la Ley 10510 que aprueba el consenso fiscal.
ART 2: ADHIERASE el Convenio adjunto a la presente como parte de la misma, como así también las planillas FA-01: ficha de solicitud –Fondo de Asistencia Financiera para Municipios y Comunas de Córdoba, aportadas por la Municipalidad.
ART 3: RATIFICASE todos y cada uno de los términos de dicho acuerdo, autorizando expresamente al Sr. Intendente Municipal a suscribir todo Convenio o Acuerdo que permita hacer efectivo el cumplimiento de cada uno de los puntos contenidos en el Acuerdo Federal Provincia Municipios de Diálogo y Consenso.
ART 4: PASE A CONOCIMIENTO de la Secretaria de Finanzas, del Tribunal de Cuentas y de quien más corresponda.
ART 5: COMUNÍQUESE, Publíquese, dese copia al Registro Municipal, a las áreas correspondientes y ARCHÍVESE.
DADO EN SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD DE LA CUMBRE A LOS QUINCE DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO.
