VISTO:
Las Ordenanzas Nº 03/2016 de Emergencia económica y Nº 46/2017 que prorroga la misma;
Decretos Nº 234/2016 y Nº 152/2018;
Y CONSIDERANDO:
La situación económico – financiera imperante a nivel local, provincial y nacional que se mantiene desde la sanción de las Ordenanzas y decretos referidos.
POR ELLO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD DE LA CUMBRE SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A Nº 42/019
ART. 1º).– PRORROGUESE por un (1) año a partir de la promulgación de la presente Ordenanza la Emergencia Económica, Financiera y Administrativa que fuera declarada por Ordenanza Nº 46/017 en las mismas condiciones y con los mismos alcances que los allí previstos.
Art. 2°).- COMUNÍQUESE, Publíquese, dese copia al Registro Municipal, a las áreas correspondientes y ARCHÍVESE.-
DADO EN SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD DE LA CUMBRE A LOS VEINTIOCHO DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE.-
