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42-16 Prorroga adicionales 2

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VISTO

La Ordenanza Nº 04/2016. Y

Las facultades establecidas por el Art. 30 de la Ley 8102

Y CONSIDERANDO

Que el Departamento Ejecutivo envió al Honorable Concejo Deliberante el Proyecto del Estatuto del Empleado Municipal y, el mismo se encuentra a estudio de este Honorable Cuerpo Deliberativo;

Que es inminente el vencimiento de la vigencia de los adicionales no remunerativos y responsabilidad técnica creados por los Art. 1º y 2º de la Ordenanza Nº 04/2016;

Que es necesario continuar protegiendo a los empleados municipales, sobre todo en tiempos tan difíciles económicamente hablando;

POR TODO ELLO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD DE  LA CUMBRE SANCIONA CON FUERZA DE:

O R D E N A N Z A Nº 42/016

Art. 1°)  Prorróguese a partir de la promulgación de la presente y hasta tanto sea aprobado el Estatuto del Empleado Municipal – que se encuentra a estudio de este Honorable Concejo Deliberante – la vigencia y aplicación de los Adicionales “Adicional no Remunerativo” y “Responsabilidad Técnica” creados por la Ordenanza Nº 04/2016

Art.2°) COMUNÍQUESE, Publíquese, dese copia al registro municipal y archívese.-

DADO EN SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD DE LA CUMBRE A LOS TRECE DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.-