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26-19 Autorizar al D.E.M. al uso de fondos ramal de gas para continuar obra de gas IPET Nº 246 de La Cumbre

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VISTO:

La Ordenanza 24/014 que autoriza al DEM a ejecutar la obra Ramal de Aproximación de Gas a Barrios Sintonía, Barrio La Costa, Barrio Valle del Sol, Barrio Palermo, Barrio Las Flores, Barrio Santa Elena, Barrio Potrerillo, Cruce FFCC, Cruce y, Cruce ruta provincial.-

Y CONSIDERANDO:

Que en el art. 14 de la referida ordenanza se establece: “Los importes generados de este tributo serán depositados en  una cuenta independiente del Banco Provincia abierta para tal fin que llevara el nombre de Ramal Aproximación – La Cumbre”.-

Que en razón de lo allí establecido, existe en la cuenta Nº 400248/04 – Contribución por mejoras Ramal Aproximación de Gas – , Banco de la Provincia de Córdoba, un saldo de PESOS NOVENTA Y CINCO MIL ($95.000.-)

Que es intención de este Departamento Ejecutivo destinar el dinero habido para financiar la obra de instalación de gas interna del IPET Nº 246, ex I.P.E.M. 200 Anexo La Cumbre.

Que sin perjuicio del Convenio “Plan Aurora” firmado con el Ministerio de Educación de la Provincia de Córdoba y debido al desfasaje económico y la variación del tipo de cambio – considerando que los materiales cotizan en dólares – es imprescindible contar con estos fondos a los fines de la ejecución de la obra referida.

POR TODO ELLO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD DE LA CUMBRE SANCIONA CON FUERZA DE:

O R D E N A N Z A Nº26/019

Art. 1º.- AUTORICESE al Departamento Ejecutivo Municipal a  destinar el dinero habido en la cuenta especial Nº400248/04 – Contribución por mejoras Ramal Aproximación de Gas – del Banco de La Provincia de Córdoba, consistente en la suma de PESOS NOVENTA Y CINCO MIL ($95.000.-) para continuar con la ejecución de la obra instalación de gas interna del IPET Nº 246, ex IPEM 200, Anexo La Cumbre.

 Art. 2º.- COMUNÍQUESE, Publíquese, dese copia al Registro Municipal, a las áreas correspondientes, a los interesados y ARCHÍVESE.-

DADO EN SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD DE LA CUMBRE A LOS CINCO DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE.-