VISTO:
El convenio que suscribió el Poder Ejecutivo Municipal, mediante el cual la Municipalidad de LA CUMBRE integrara el Programa de Infraestructura Municipal con demás municipios de la Provincia de Córdoba.-
Que a través del mismo existe la posibilidad de contratar un crédito para llevar adelante obras de infraestructura en nuestra localidad para ejecutar la obra de PUESTA EN VALOR PASAJE TASSANO.-
Que dicho crédito, la Provincia de Córdoba lo otorga con fondos provenientes del Fondo Fiduciario Federal de Infraestructura Regional, y para acceder al mismo, es condición afectar la Coparticipación Municipal en concepto de aval del mismo.-
Que el Departamento Técnico ya elaboró el proyecto y los pliegos de licitación del “Mejoramiento de Infraestructura Urbana”, el que consiste en obras de Infraestructura en Pasaje TASSANO, a realizar, ascendiendo el mismo a la suma de pesos TRES MILLONES SIETE MIL OCHOCIENTOS SESENTA ($ 3.007.860).-
Que dichas obras deberán ser realizadas por el sistema de contratación LICITACION PUBLICA, según lo establece la Ordenanza General de Presupuesto vigente.-
Que se debe contar con la documentación necesaria para efectuar el llamado a los interesados a realizar las mismas.-
Que el Poder Ejecutivo Municipal necesita contar con la autorización pertinente del H.C.D. para usar el crédito público.-
Y CONSIDERANDO:
Que la Provincia de Córdoba toma un crédito proveniente del Fondo Fiduciario Federal de Infraestructura Regional a través del Programa de Infraestructura Municipal para prestárselos al municipio.-
Que dicho Fondo Fiduciario Federal de Infraestructura Regional a través del Programa de Infraestructura Municipal, también aprobó el otorgamiento de dicho crédito.-
Que dicho crédito nos permite realizar una obra de gran importancia para nuestro pueblo.-
Que los equipos técnicos ya elaboraron el proyecto, dictaminaron los costos del mismo y presentaron los pliegos generales y particulares de las obras para su licitación, los que deben estar aprobados por el H.C.D.-
Que por la Ordenanza de Presupuesto corresponde llamar a Licitación Pública de Precios.-
Que teniendo en cuenta las posibles variaciones de los índices que pudiera sufrir la economía nacional, debido a factores internos como externos, es necesario
autorizar su uso hasta en un veinte por ciento mas (20 %) para tener previstos dichas variaciones o imponderables que pudieran surgir (variaciones de obras, modificación de proyecto., desajustes, etc.-).-
Que se debe afectar la coparticipación municipal en garantía de dicho crédito para endeudarse con la provincia.-
Que es facultad del H.C.D. autorizar al Poder Ejecutivo Municipal, de acuerdo al Art. 30 y concordantes de la Ley provincial Nº 8102.-
POR ELLO EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CUMBRE SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A Nº 26/013
1º.- AUTORIZAR al Poder Ejecutivo Municipal a contratar, endeudarse y usar el crédito que le otorga la Provincia de Córdoba, con dinero proveniente del Fondo Fiduciario Federal de Infraestructura Regional a través del Programa de Infraestructura Municipal, hasta la suma de pesos TRES MILLONES SIETE MIL OCHOCIENTOS SESENTA ($ 3.007.860,.-), conforme surge del Presupuesto de Obra contenido en Proyecto adjunto, y en un todo de acuerdo a las características del Crédito que se indican en el ANEXO I que se adjunta a la ordenanza formando parte de ella.-
2°.- AFÉCTESE la coparticipación municipal en concepto de garantía y fiel cumplimiento de las obligaciones de devolución del capital e intereses del crédito autorizado en el Art. 1°.- de la presente ordenanza, para lo cual se autoriza al Poder Ejecutivo Municipal a suscribir toda la documentación que sea necesaria para ello.-
3º.- Se autoriza el uso de dicho crédito hasta el monto que sea necesario para cubrir el total final de la obra.-
4°.- Por medio de la presente reasígnese las Partidas del Presupuesto del Año 2013, aprobado por Ordenanza N° 31/12 para atender el monto de la Obra y las fuentes de financiación de las mismas.-
5º.- Aprobar los Pliegos de Condiciones Generales y Particulares para el “Programa de Infraestructura Municipal”, los que como Anexo I, forman parte de la presente Ordenanza Especial, para las obras del “Proyecto Mejoramiento de Infraestructura Urbana”.-
6º.- Llamar a Licitación Pública para realizar las obras del “Proyecto Mejoramiento de Infraestructura Urbana” , conforme a los Pliegos de Condiciones Generales y Particulares que forman parte de la presente Ordenanza Particular.-
7º.-COMUNÍQUESE, Publíquese, dese copia al Registro Municipal y archívese.-
DADO EN SALA DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CUMBRE A LOS DIECISIETE DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL TRECE.-
