VISTO:
La necesidad de afrontar el pago de Sueldo Adeudado al personal municipal correspondiente al mes de Septiembre de 2015.-
Y CONSIDERANDO: Que resulta imprescindible para el DEM solicitar, al Gobierno de la Provincia de Córdoba, la refinanciación del Anticipo de Coparticipación a los fines mencionados.-
POR TODO ELLO EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CUMBRE SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A Nº 18/015
Art. 1º) AUTORIZASE al Intendente Municipal a solicitar un Adelanto de Coparticipación por la suma de pesos $ 1.200.000.- (UN MILLON DOSCIENTOS MIL PESOS) los que serán destinados al PAGO DE SUELDO ADEUDADO AL PERSONAL MUNICIPAL CORRESPONDIENTE AL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2015.-
Art. 2º) FIJASE un plazo de 36 (treinta y seis) meses para efectuar la REFINANCIACIÓN del monto solicitado en el Artículo 1º de la presente Ordenanza.-
Art. 3º) AUTORIZASE a descontar de la coparticipación, a partir del mes de ENERO del 2016, las cuotas correspondientes.-
Art. 4º) FACULTASE al Departamento Ejecutivo Municipal para que garantice la cobrabilidad y devolución del adelanto solicitado con los fondos provenientes de la coparticipación municipal.-
Art. 5º) COMUNIQUESE, Publíquese, dese copia al Registro Municipal y archívese.-
DADO EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CUMBRE A LOS SEIS DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE.-
