VISTO:
La ordenanza Nº 07/013 por la cual se incorporó como Artículo 32 a la Ordenanza 21/06 de Taxis y Remises, el título de reglamentación de estacionamiento de los que prestan tal servicio comercial.-
Y CONSIDERANDO:
Que en la misma se otorgó un estacionamiento (parada) de un vehículo más por agencia en distintas calles de nuestra localidad, aparte de la que cuentan frente a su agencia.-
Que se recibió nota de la Agencia de Remis LOS AMIGOS, en donde solicitan se les conceda u otorgue un lugar también teniendo en cuenta que cuando se votó dicha ordenanza no se tuvo en cuenta la agencia citada y que corresponde la igualdad de condiciones como fuente de trabajo y para una mejor calidad de servicio a la comunidad.-
POR TODO ELLO EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CUMBRE SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A Nº 13/013
Art. 1º) ANEXAR a la Ordenanza Nº 07/013 que se estableció como Artículo 32 de la Ordenanza 21/06 el título de reglamentación de estacionamiento de taxis y Remises quedando de la siguiente manera:
Art. 32º inc. h) para la Agencia de Remis “Los Amigos” autorizase un (1) vehículo frente a la Agencia ubicada en calle Presidente Quintana 348, Barrio el Potrerillo, y un (1) vehículo en calle 25 de Mayo entre la siguiente numeración 25 de Mayo 223 y 25 de Mayo 233, la que deberá ser demarcada, señalizada por el área correspondiente.-
Art. 2º) COMUNIQUESE, Publíquese, dese copia al Registro Municipal, a las áreas correspondientes y archívese.-
DADO EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CUMBRE A LOS SIETE DÍAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL TRECE.-
