VISTO:
Las Ordenanzas 17/016 y 05/017 respectivamente.
El Convenio General de Adhesión al Plan Lo Tengo y de Financiamiento de Obras de Infraestructura para el Interior Provincial suscripto entre la Unidad Ejecutora del Plan y el Municipio de la Cumbre con fecha 26.07.2016.
“Las Clausulas Adenda” suscripta por la Unidad Ejecutora del Plan y la Municipalidad de La Cumbre de fecha 29.01.2019.
Y CONSIDERANDO:
Que atento el tiempo transcurrido desde la firma del convenio referido y a los fines de la completa ejecución de las obras de red vial, red de agua potable, red eléctrica y alumbrado del inmueble afectado al Plan, las partes acordaron modificar solo las cláusulas tercera, cuarta, quinta, séptima, y décimo primera del convenio general de adhesión al Plan Lo Tengo y de Financiamiento de Obras de Infraestructura. Se adjunta la adenda aludida como parte integrante del presente.
POR TODO ELLO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD DE LA CUMBRE SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A Nº 01/019
Artículo 1º): RATIFIQUESE en todos sus términos y con todos sus alcances el convenio denominado “Clausulas Adenda” – que forma parte integrante del presente – suscripto por el Señor Intendente Municipal y la Unidad Ejecutora del Plan Lo Tengo de fecha 29.01.2019.
Artículo 2º): TENGASE PRESENTE el convenio – “Clausulas Adenda” – referido en el Artículo 1º de la presente ordenanza
por un monto de SIETE MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA MIL TRESCIENTOS SETENTA Y UNO CON OCHENTA CENTAVOS ($ 7.880.371,80.-).
Artículo 3º): COMUNÍQUESE, Publíquese, dese copia al Registro Municipal, a las áreas correspondientes y ARCHÍVESE.
DADO EN SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD DE LA CUMBRE A LOS CATORCE DÍAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE.-
