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title: "Ord. Nº 34-22 sobre Concurso de vidrieras fue DEROGADA mediante Decreto Municipal Nº 103-2022"
description: "- **ORDENANZA SIN VALIDEZ YA QUE FUE DEROGADA MEDIANTE DECRETO MUNICIPAL Nº 103/2022.-** **VISTO:** La Ordenanza 41/2016 que estipula el otorgamiento de premios al concurso de vidrieras de “Halloween”; “Navidades Serranas” y “Festival Nacional de Folclore” respectivamente; Las atribuciones previstas…"
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updated: "2022-11-22"
category: Ordenanzas / Ordenanzas 2022
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# Ord. Nº 34-22 sobre Concurso de vidrieras fue DEROGADA mediante Decreto Municipal Nº 103-2022

- **ORDENANZA SIN VALIDEZ YA QUE FUE DEROGADA MEDIANTE DECRETO MUNICIPAL Nº 103/2022.-**

**VISTO:**

La Ordenanza 41/2016 que estipula el otorgamiento de premios al concurso de vidrieras de “Halloween”; “Navidades Serranas” y “Festival Nacional de Folclore” respectivamente;

Las atribuciones previstas por la Ley 8102;

**Y CONSIDERANDO:**

Que la referida Ordenanza estipula que los premios a otorgarse por los concursos de vidrieras que se llevan a cabo anualmente en nuestra localidad por las festividades de “Halloween”; “Navidades Serranas” y “Festival Nacional de Folclore”, consisten en la exención por 6 (seis); tres (3) y un (1) mes, para el primero, segundo y tercer puesto respectivamente, de la Tasa de Comercio e Industria que graba los comercios según la Ordenanza Tarifaria vigente.

Que la implementación de lo allí ordenado es de difícil ejecución desde las áreas de cómputos y contable de la Municipalidad de La Cumbre, esto desde que los Monotributistas tributan de acuerdo al Código Tributario Provincial; por ello este DEM considera que a los fines de agilizar la entrega de los premios establecidos y no obstaculizar administrativamente el cumplimiento de la referida Ordenanza, estos sean abonados mediante el acto administrativo correspondiente – decreto del DEM – y el pago en efectivo de sumas de dinero.

**POR TODO ELLO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD DE LA CUMBRE SANCIONA CON FUERZA DE:**

**O R D E N A N Z A Nº 34/2022**

**Art. 1º:****DEROGUESE**la Ordenanza Nº 41/2016, por los fundamentos establecidos en los considerandos del presente proyecto.-

**Art. 2º:****FACULTESE**al Departamento Ejecutivo a continuar organizando concursos de vidrieras  para las festividades de “Halloween”; “Navidades Serranas” y “Festival Nacional de Folclore” respectivamente, AUTORIZANDO al mismo a otorgar los premios correspondientes con la exención por 6 (seis); 3(tres) y 1 (un) mes de la tasa de Comercio e Industria para el 1º (primer); 2º (segundo) y 3º (tercer) premio respectivamente mediante el dictado del acto administrativo respectivo – decreto – y, el pago de la suma de dinero correspondiente.-

**Art.3º:** **DE FORMA. Comuníquese al Ejecutivo Municipal.-****DADO EN SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD DE LA CUMBRE A LOS DIEZ DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS**

- **ORDENANZA SIN VALIDEZ YA QUE FUE DEROGADA MEDIANTE DECRETO MUNICIPAL Nº 103/2022.-**

**VISTO:**

La Ordenanza 41/2016 que estipula el otorgamiento de premios al concurso de vidrieras de “Halloween”; “Navidades Serranas” y “Festival Nacional de Folclore” respectivamente;

Las atribuciones previstas por la Ley 8102;

**Y CONSIDERANDO:**

Que la referida Ordenanza estipula que los premios a otorgarse por los concursos de vidrieras que se llevan a cabo anualmente en nuestra localidad por las festividades de “Halloween”; “Navidades Serranas” y “Festival Nacional de Folclore”, consisten en la exención por 6 (seis); tres (3) y un (1) mes, para el primero, segundo y tercer puesto respectivamente, de la Tasa de Comercio e Industria que graba los comercios según la Ordenanza Tarifaria vigente.

Que la implementación de lo allí ordenado es de difícil ejecución desde las áreas de cómputos y contable de la Municipalidad de La Cumbre, esto desde que los Monotributistas tributan de acuerdo al Código Tributario Provincial; por ello este DEM considera que a los fines de agilizar la entrega de los premios establecidos y no obstaculizar administrativamente el cumplimiento de la referida Ordenanza, estos sean abonados mediante el acto administrativo correspondiente – decreto del DEM – y el pago en efectivo de sumas de dinero.

**POR TODO ELLO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD DE LA CUMBRE SANCIONA CON FUERZA DE:**

**O R D E N A N Z A Nº 34/2022**

**Art. 1º:****DEROGUESE**la Ordenanza Nº 41/2016, por los fundamentos establecidos en los considerandos del presente proyecto.-

**Art. 2º:****FACULTESE**al Departamento Ejecutivo a continuar organizando concursos de vidrieras  para las festividades de “Halloween”; “Navidades Serranas” y “Festival Nacional de Folclore” respectivamente, AUTORIZANDO al mismo a otorgar los premios correspondientes con la exención por 6 (seis); 3(tres) y 1 (un) mes de la tasa de Comercio e Industria para el 1º (primer); 2º (segundo) y 3º (tercer) premio respectivamente mediante el dictado del acto administrativo respectivo – decreto – y, el pago de la suma de dinero correspondiente.-

**Art.3º:** **DE FORMA. Comuníquese al Ejecutivo Municipal.-****DADO EN SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD DE LA CUMBRE A LOS DIEZ DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS**

- **ORDENANZA SIN VALIDEZ YA QUE FUE DEROGADA MEDIANTE DECRETO MUNICIPAL Nº 103/2022.-**

**VISTO:**

La Ordenanza 41/2016 que estipula el otorgamiento de premios al concurso de vidrieras de “Halloween”; “Navidades Serranas” y “Festival Nacional de Folclore” respectivamente;

Las atribuciones previstas por la Ley 8102;

**Y CONSIDERANDO:**

Que la referida Ordenanza estipula que los premios a otorgarse por los concursos de vidrieras que se llevan a cabo anualmente en nuestra localidad por las festividades de “Halloween”; “Navidades Serranas” y “Festival Nacional de Folclore”, consisten en la exención por 6 (seis); tres (3) y un (1) mes, para el primero, segundo y tercer puesto respectivamente, de la Tasa de Comercio e Industria que graba los comercios según la Ordenanza Tarifaria vigente.

Que la implementación de lo allí ordenado es de difícil ejecución desde las áreas de cómputos y contable de la Municipalidad de La Cumbre, esto desde que los Monotributistas tributan de acuerdo al Código Tributario Provincial; por ello este DEM considera que a los fines de agilizar la entrega de los premios establecidos y no obstaculizar administrativamente el cumplimiento de la referida Ordenanza, estos sean abonados mediante el acto administrativo correspondiente – decreto del DEM – y el pago en efectivo de sumas de dinero.

**POR TODO ELLO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD DE LA CUMBRE SANCIONA CON FUERZA DE:**

**O R D E N A N Z A Nº 34/2022**

**Art. 1º:****DEROGUESE**la Ordenanza Nº 41/2016, por los fundamentos establecidos en los considerandos del presente proyecto.-

**Art. 2º:****FACULTESE**al Departamento Ejecutivo a continuar organizando concursos de vidrieras  para las festividades de “Halloween”; “Navidades Serranas” y “Festival Nacional de Folclore” respectivamente, AUTORIZANDO al mismo a otorgar los premios correspondientes con la exención por 6 (seis); 3(tres) y 1 (un) mes de la tasa de Comercio e Industria para el 1º (primer); 2º (segundo) y 3º (tercer) premio respectivamente mediante el dictado del acto administrativo respectivo – decreto – y, el pago de la suma de dinero correspondiente.-

**Art.3º:** **DE FORMA. Comuníquese al Ejecutivo Municipal.-****DADO EN SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD DE LA CUMBRE A LOS DIEZ DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS**

- **ORDENANZA SIN VALIDEZ YA QUE FUE DEROGADA MEDIANTE DECRETO MUNICIPAL Nº 103/2022.-**

**VISTO:**

La Ordenanza 41/2016 que estipula el otorgamiento de premios al concurso de vidrieras de “Halloween”; “Navidades Serranas” y “Festival Nacional de Folclore” respectivamente;

Las atribuciones previstas por la Ley 8102;

**Y CONSIDERANDO:**

Que la referida Ordenanza estipula que los premios a otorgarse por los concursos de vidrieras que se llevan a cabo anualmente en nuestra localidad por las festividades de “Halloween”; “Navidades Serranas” y “Festival Nacional de Folclore”, consisten en la exención por 6 (seis); tres (3) y un (1) mes, para el primero, segundo y tercer puesto respectivamente, de la Tasa de Comercio e Industria que graba los comercios según la Ordenanza Tarifaria vigente.

Que la implementación de lo allí ordenado es de difícil ejecución desde las áreas de cómputos y contable de la Municipalidad de La Cumbre, esto desde que los Monotributistas tributan de acuerdo al Código Tributario Provincial; por ello este DEM considera que a los fines de agilizar la entrega de los premios establecidos y no obstaculizar administrativamente el cumplimiento de la referida Ordenanza, estos sean abonados mediante el acto administrativo correspondiente – decreto del DEM – y el pago en efectivo de sumas de dinero.

**POR TODO ELLO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD DE LA CUMBRE SANCIONA CON FUERZA DE:**

**O R D E N A N Z A Nº 34/2022**

**Art. 1º:****DEROGUESE**la Ordenanza Nº 41/2016, por los fundamentos establecidos en los considerandos del presente proyecto.-

**Art. 2º:****FACULTESE**al Departamento Ejecutivo a continuar organizando concursos de vidrieras  para las festividades de “Halloween”; “Navidades Serranas” y “Festival Nacional de Folclore” respectivamente, AUTORIZANDO al mismo a otorgar los premios correspondientes con la exención por 6 (seis); 3(tres) y 1 (un) mes de la tasa de Comercio e Industria para el 1º (primer); 2º (segundo) y 3º (tercer) premio respectivamente mediante el dictado del acto administrativo respectivo – decreto – y, el pago de la suma de dinero correspondiente.-

**Art.3º:** **DE FORMA. Comuníquese al Ejecutivo Municipal.-****DADO EN SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD DE LA CUMBRE A LOS DIEZ DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS**
