---
title: "ORD. Nº 21 – 025 SOBRE CREAR EN EL ÁMBITO DE LA SECRETARIA DE HACIENDA Y FINANZAS EL REGISTRO MUNICIPAL DE PROVEEDORES DE BIENES Y SERVICIOS LOCALES.-"
description: "**VISTO:** La necesidad de fortalecer la economía local, promover el desarrollo de proveedores de bienes y prestadores de servicios radicados en la localidad de La Cumbre y fomentar la transparencia en las contrataciones municipales. **Y CONSIDERANDO:** Que el Municipio debe…"
url: "https://hcd.lacumbre.gob.ar/docs/ord-no-21-025-sobre-crear-en-el-ambito-de-la-secretaria-de-hacienda-y-finanzas-el-registro-municipal-de-proveedores-de-bienes-y-servicios-locales/"
updated: "2025-10-23"
category: Ordenanzas / Ordenanzas 2025
---

# ORD. Nº 21 – 025 SOBRE CREAR EN EL ÁMBITO DE LA SECRETARIA DE HACIENDA Y FINANZAS EL REGISTRO MUNICIPAL DE PROVEEDORES DE BIENES Y SERVICIOS LOCALES.-

**VISTO:**

La necesidad de fortalecer la economía local, promover el desarrollo de proveedores de bienes y prestadores de servicios radicados en la localidad de La Cumbre y fomentar la transparencia en las contrataciones municipales.

**Y CONSIDERANDO:**

Que el Municipio debe velar por la utilización eficiente de los recursos públicos, priorizando el impacto positivo en la comunidad.

Que es política pública impulsar el crecimiento de emprendedores, comerciantes y empresas locales, favoreciendo la circulación del dinero dentro del pueblo.

Que resulta conveniente establecer mecanismos que prioricen a los proveedores locales siempre que se garantice la calidad y razonabilidad de los precios

Que la promoción de proveedores locales contribuye a la generación de empleo genuino y a la retención del talento en la localidad, fortaleciendo el entramado productivo y social de La Cumbre.

Que favorecer la contratación de bienes y servicios en el ámbito local reduce costos de traslado y tiempos de entrega, optimizando los procesos administrativos y fomentando una gestión municipal más eficiente y sustentable.

**POR ELLO,** **EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD DE LA CUMBRE EN USO DE SUS FACULTADES SANCIONA CON FUERZA DE:**

**ORDENANZA Nº 21 / 025**

**ARTÍCULO 1:** Créase en el ámbito de la Secretaria de Hacienda y Finanzas el Registro Municipal de Proveedores de Bienes y Servicios Locales, en el que podrán inscribirse personas humanas o jurídicas con domicilio fiscal y comercial en la localidad de La Cumbre, debiendo acreditar el cumplimiento de obligaciones fiscales y previsionales.

**ARTICULO 2:** Aplíquese a todo procedimiento de contratación y/o compra de bienes, insumos, servicios y obras que realice la Municipalidad de La Cumbre, cualquiera sea su modalidad.

**ARTICULO 3:** Contémplese en igualdad de presupuestos locales lo siguiente: Cuando dos o más proveedores locales presenten presupuestos con igualdad de condiciones en cuanto a precios, calidad y plazos, la adjudicación deberá realizarse mediante un mecanismo de rotación equitativa, de manera que todos los inscriptos en el registro tengan oportunidad de proveer a la Municipalidad.

**ARTÍCULO 4:** Solicítese a la autoridad de aplicación Secretaria de Hacienda y Finanzas llevar registro de las solicitudes de presupuesto y adjudicaciones realizadas por cada una de las áreas.

**ARTÍCULO 5:** Anexar el Registro y Prioridad de Proveedores locales en contrataciones municipales al Proyecto de Ordenanza General Normativa y Presupuesto de Ingresos y Egresos año 2026.

**ARTÍCULO 6:****COMUNÍQUESE**, publíquese, dese copia al Registro Municipal y archívese.

**DADO EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CUMBRE** **A LOS NUEVE DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DE DOS MIL VEINTICINCO.**

![](https://hcd.lacumbre.gob.ar/wp-content/uploads/2025/10/image-1.png)
