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title: "ORD. Nº 20 – 024 SOBRE CREAR UN PROGRAMA DE PREVENCIÓN DE ADICCIONES AL JUEGO ONLINE.-"
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updated: "2024-12-10"
category: Ordenanzas / Ordenanzas 2024
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# ORD. Nº 20 – 024 SOBRE CREAR UN PROGRAMA DE PREVENCIÓN DE ADICCIONES AL JUEGO ONLINE.-

**VISTO:**

El inminente avance del juego con apuestas online en niños, niñas, adolescentes y;

**Y CONSIDERANDO:**

Que según la Organización Mundial de la Salud (OMS) la adicción al juego o ludopatía es una enfermedad y que los juegos digitales" o "videojuegos" se incluyen dentro de esa problemática.

Que los daños potenciales debido al juego son comparables a los daños causados por la depresión y los trastornos por consumo de alcohol. Además impactan negativamente a los propios jugadores así como a sus familias y comunidad.

Que la ludopatía es un trastorno psicológico que lleva a las personas a jugar y apostar sistemáticamente poniendo en riesgo su vida y la de su entorno.

Que debido a la crisis que está atravesando la Argentina, los ciudadanos enfrentan riesgos sustanciales en relación con el juego, incluyendo la adicción, el endeudamiento y los impactos negativas en su bienestar físico y mental.

Que la implementación de un Programa de Trabajo Intersectorial constituye una estrategia de trabajo público municipal complementaria para abordar de manera integral y coordinada esta problemática; permitiendo la colaboración entre diversas entidades y actores involucrados.

Que dicho programa proporcionará un espacio propicio para el intercambio de experiencias, la identificación de buenas prácticas y la planificación de acciones conjuntas orientadas a la prevención y el tratamiento a la problemática de la ludopatía.

Que durante la contingencia por COVID 19, la transformación y cambio brusco de los hábitos tecnológicos y digitales permitió un aumento de la accesibilidad a los juegos online.

Que es fundamental reconocer la existencia de un gran negocio económico por detrás de los juegos y apuestas online, a costa de vulnerar la salud de niños, niñas y adolescentes, ocultando su naturaleza potencialmente adictiva ya que aun obteniendo resultados, no se advierte una satisfacción de los usuarios.

**POR ELLO,** **EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD DE**

**LA CUMBRE EN USO DE SUS FACULTADES SANCIONA CON FUERZA DE:**

**ORDENANZA Nº 20 / 024**

**ARTÍCULO 1*:******CRÉASE*** un Programa Municipal de Prevención de juego y apuestas online en menores de edad de La Cumbre, acompañando así con una acción concreta el "Programa Provincial de Fortalecimiento Educativo Territorial - Coordinaciones Locales de Educación". al cual hemos adherido.

**ARTICULO 2:** ***DESÍGNESE*** como área de aplicación a la Secretaria de Acción y Desarrollo Social y las  dependencias que se consideren pertinentes, como la Red Asistencial de las Adicciones de Córdoba (RAAC), Instituciones Educativas, organizaciones locales, entre otras. Las partidas o asignaciones de fondos para concretar dichas acciones se incluirán en el próximo presupuesto.

**ARTICULO 3:** ***ELABÓRESE*** material en soporte gráfico y digital, con información sobre los peligros y las consecuencias del juego con apuestas online.

**ARTÍCULO 4:** ***DISPÓNGASE*** que dicho programa tiene por objetivo informar, difundir y proteger la salud y el bienestar de los ciudadanos, garantizando un entorno seguro y saludable para su desarrollo, en particular generar acciones de concientización tendientes a prevenir las conducta vinculadas a la problemática de la ludopatía.

**ARTÍCULO 5:*****COMUNÍQUESE***, publíquese, dese copia al Registro Municipal y archívese.

**DADO EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CUMBRE A LOS DIEZ DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DE DOS MIL VEINTICUATRO.**
