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title: "53-16 Modificación de los art. 6º 9º y 10º de la ord. 13-03 gas propuesta"
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updated: "2021-08-24"
category: Ordenanzas / Ordenanzas 2016
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# 53-16 Modificación de los art. 6º 9º y 10º de la ord. 13-03 gas propuesta

**VISTO:**

-La Ordenanza N°13/03 “Construcción de la red de distribución domiciliaria de gas natural”

**Y CONSIDERANDO:**

- La necesidad de modificar la misma en función de la situación económica actual y el proceso de ejecución de la misma.

**POR TODO ELLO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD DE LA CUMBRE SANCIONA CON FUERZA DE:**

**O R D E N A N Z A Nº 53/016**

            **Art.1º )** **MODIFIQUESE** el contenido del artículo sexto de la ordenanza N°13/03 en todos sus términos quedando redactado de la siguiente manera: **“****Luego de la difusión de la obra por los medios pertinentes, AUTORIZASE AL DEM a proceder a la apertura de un REGISTRO DE ADHESION, el que se mantendrá abierto por****un plazo de 30 (treinta) días a partir de la notificación general y arbitrar los medios para que la obra se realice por los sistemas de ADMINISTRACIÓN o TERCERIZACIÓN ajustándose a la norma NAG-113 de ENARGAS con sus posibles modificatorias y según decretos reglamentarios del DEM, a tal fin****siempre que el nivel de adhesión de las parcelas que se encuentren dentro de sus límites sea el suficiente, el cual se fija como mínimo en un 40% (cuarenta por ciento), quedando la posibilidad de ejecutar la obra con un porcentaje menor de acuerdo a la  evaluación que al efecto realice e DEM y el HCD”**

**Art.2° ) MODIFIQUESE** el contenido delartículo noveno del CAPITULO IV, de la ordenanza N°13/03 en todos sus términos quedando redactado de la siguiente manera: **La obra “Red de Distribución Domiciliaria de Gas Natural por redes para la localidad de La Cumbre” comprenderá todos los trabajos e instalaciones que sean necesarios para bridar este servicio, desde la Planta Reductora de Presión hasta el gabinete del sistema Regulación- Medición, quedando incluido las acometidas a cada parcela con válvula  de conexión o ramal, caño de alimentación, camisa y vaina anti corte, gripper y válvula esférica. Queda excluida la totalidad de la obra necesaria para la red domiciliaria interna a partir de la salida del correspondiente medidor****como así también la provisión y colocación del gabinete con su marco y tapa el cual deberá estar instalado sobre la línea municipal en el momento de**

**ejecutar la obra bajo responsabilidad y cargo del adherente según norma NAG 200 de ENARGAS y sus posibles modificatorias**

**Art.3°) MODIFIQUESE** el contenido delArtículo Décimo de la Ordenanza N°13/03 en todos sus términos quedando redactado de la siguiente manera:**Además de la tapada de zanja y consolidación del suelo,****la obra comprende la reposición del contrapiso cuando existiere, que se encuentra incluido dentro de los costos de la obra y del aporte de contribución de los vecinos adherentes y contratantes. Los mismos se reconstruirán en forma inmediata, junto a la reparación de cañerías de agua y albañales, luego de la aprobación de la cañería instalada con todos sus accesorios, quedando a cargo de los frentistas la reposición de las veredas o revestimientos existentes por encima del contrapiso repuesto**.-

**Art. 4º) COMUNÍQUESE, Publíquese, dese copia al registro municipal, a las áreas correspondientes y archívese.-**

**DADO EN SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD DE LA CUMBRE A UN DÍA DEL MES DE DIECIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.-**
